miércoles, 5 de noviembre de 2008

Lecciones sueltas del caso Medina

Magaly Medina fue a parar a prisión. Desde la semana pasada, su caso, vuelto rapidito comentario común y masivo, agenda nacional, cuestión de estado, deja hasta el momento unas lecciones que este servidor recopila luego de tantas idas y venidas oídas, comentadas -algunas compartidas otras contrastadas- y que expongo ante el colectivo para que el debate prosiga o cese:
Uno. El país ante el fenómeno de la urraca se denuncia como una nación sui géneris. Somos quizá la única nación del mundo en la que el comunicador más influyente es un periodista de espectáculos, de periodismo ramplón además, ese que escarba en la basura del ojo ajeno (lo marcan los estudios de opinión serios y las manifestaciones populares que pidieron su libertad inmediata). La misma periodista es además la más pagada en el medio, por encima de otros periodistas de líneas más blancas, más progresistas, más serias.
Dos. La justicia en el país tarda. A veces mucho. A veces siempre. Unas veces llega. Medina suma en su haber 11 años en TV, 13 demandas y cinco sanciones. Sus expedientes en el poder judicial repiten un lugar común: la dama se excede, salta la valla de la libertad de expresión, confunde opinión con afirmación de hechos que no puede probar del todo (como esta última vez). La pena para el expediente Medina-Guerrero resume, así, un recorrido con ánimo de reincidencia en la polémica conductora. Los jueces revisan contextos, las sentencias nunca son en ese sentido subjetivas (¿debieran serlo?). Una justicia objetiva solo podría ser administrada por robots.
Tres. Los veredictos judiciales en el Perú no se aceptan fácilmente. Ante toda resolución de litigio, las opiniones se marcarán dos posturas: a) la resolución es justa y b) la resolución es injusta. Coincidentemente, los promotores de “A” son desde el condenado, la familia, allegados y similares (un periodista se sentirá en el pellejo de otro periodista, por ejemplo). Los del grupo “B” siempre serán el demandante, también su familia, allegados y similares. Alguien menciona el caso Paris Hilton en EE.UU. Su pena de cárcel efectiva, cortita pero pena al fin y al cabo, le dolió, le arrancó llanto, pero la cumplió sin más.
Cuatro. La libre expresión tiene que gozar en el Perú como en el mundo del más amplio respeto y promoción… pero el apego a la verdad y a la reserva de la intimidad también. Una sentencia del Tribunal Constitucional precisamente para un caso previo de la Medina, nos recuerda, que ambos derechos, el de expresión e intimidad, deben de estar en un mismo nivel jerárquico: el primero no puede superponérsele, atropellarlo.
Corolario. El país debe de agradecer, finalmente, el fenómeno Medina que con su caso resuelto -qué se va a hacer, en su contra- sienta un importante precedente para marcar límites y sentar caminos en una sociedad que se desvía por naturaleza (concupiscencia, le llamaban los filósofos religiosos). Gracias, urraca.

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